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Ayuda a los autónomos por cuidado de hijos

Fomento de la conciliación de la vida profesional y familiar de las personas autónomas

Publicado por rafae
lunes, 09 de marzo de 2015 a las 19:39

Otra de las medidas recogidas en el “Real Decreto-Ley 1/2015 de 27 de febrero “ es la puesta en marcha de una ayuda dirigida a los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y que está destinada a la conciliación de la vida profesional y familiar.

En concreto, los beneficiarios podrán ser aquellos trabajadores por cuenta propia que necesiten reducir su jornada por cuidado de hijos de una edad inferior a siete años o de familiares a cargo en situación de dependencia. Estos autónomos se van a poder beneficiar durante un año de una bonificación del 100 por 100 de su cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, suponiendo un ahorro cercano a los tres mil euros.

La aplicación de la bonificación, llevará aparejada de forma obligatoria la contratación de una persona a jornada completa o parcial, siempre que la duración mínima de la jornada de trabajo sea de 20 horas semanales, pero reduciéndose en este caso la bonificación al cincuenta por cien.

El trabajador autónomo beneficiario quedará obligado a mantener al trabajador contratado, durante al menos, doce meses y en caso de incumplimiento, deberá reintegrar el importe de la bonificación desfrutada, aunque no procederá dicho reintegro, cuando la extinción contractual esté motivada por causas objetivas o por despido disciplinario.

Para finalizar, es importante añadir que solo tendrán derecho a la bonificación los trabajadores por cuenta propia que carezcan de trabajadores asalariados en la fecha de inicio de aplicación de la bonificación y durante los doce meses anteriores a la misma. Es decir, la medida está dirigida para personas autónomas sin asalariados.

FUENTES

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-2109

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