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¿Cuáles son las principales medidas de la reforma fiscal?

-Publicación del Real Decreto 633/2015 de 10 de Julio

Publicado por rafae
martes, 14 de julio de 2015 a las 18:52

Tal y como había anunciado días atrás el Presidente del Gobierno, en relación al anticipo de la entrada en vigor de la reforma fiscal, el pasado 11 de Julio, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto 633/2015 de 10 de julio, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

En cuanto a la incidencia de la reforma en los trabajadores autónomos, caben destacar las siguientes medidas:

1) Reducción de todos los tramos del IRPF por los rendimientos de actividades económicas, situándose el tipo mínimo en el 24% y el tipo máximo en el 45% suponiendo para los trabajadores autónomos un ahorro medio de 700 euros anuales.

Bajada IRPF por tramos de renta anual

-Menos de 12.450 euros: Baja del 25% al 24%

-Entre 12.450 euros y 20.200 euros: Baja del 25% al 24%

-Entre 20.200 euros y 35.200: Baja del 31% al 30%

-Entre 35.200 euros y 60.000 euros: Baja del 39% al 37%.

-Más de 60.000 euros: Baja del 47% al 45%.

2) Reducción de las retenciones para las actividades profesionales, pasando con carácter general del 19% al 15% y del 9% al 7% durante los primeros 3 años de actividad. La medida va a suponer una aumento del circulante para los profesionales autónomos que desarrollan una actividad económica de tipo profesional.

3) Se establece un limite de 2.000 euros anuales en relación a los gastos de difícil de justificación para las actividades que tributan en el método de estimación directa simplificada.

4) Se establece un supuesto de exención fiscal por reinversión en rentas vitalicias con un limite de 240.000 euros. En concreto, podrán gozar de exención, las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto en la transmisión de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se destine a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor.

Ejemplo

Un comerciante autónomo mayor de 65 años que venda un local comercial, habiéndole generado una ganancia patrimonial de 300.000 euros y que decida destinar dicha cantidad, a la suscripción de un plan de pensiones de renta vitalicia, tendrá una exención fiscal de 240.000 euros, teniendo que tributar exclusivamente por los restantes 60.000 euros.

Otras medidas de interés de la reforma fiscal

-En el caso de Rendimientos íntegros del trabajo, no tendrán obligación de presentar declaración, los contribuyentes con rendimientos de hasta 22.000 euros anuales, cuando procedan de un solo pagador y de hasta 12.000 euros anuales, cuando procedan de más de un pagador.

-Exención de tributación de los rendimientos del trabajo en especie, correspondientes a las primas satisfechas por las empresas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad con el límite de 500 euros anuales.

-También se aplicará la retención del 15% para los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.

MÁS INFORMACIÓN

http://www.boe.es/boe/dias/2015/07/11/pdfs/BOE-A-2015-7770.pdf

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