ayudas al fomento de la iniciativa emprendedora en Alfafar 2026
Download file (.pdf 167Kb)Son requisitos para tener la condición de persona beneficiaria:
1. Estar inscrito como persona desempleada con fecha anterior a haberse dado de alta como autónomo en su correspondiente Espai Labora.
2. Que el inicio de la nueva actividad económica genere una nueva alta en el régimen de autónomos, de una persona que no haya estado de alta en dicho régimen en los últimos tres meses. A estos efectos, se tomará como fecha de inicio de la actividad, la fecha de alta que figure en el documento de Declaración Censal (modelo 036 o 037) de alta de la actividad económica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
3. Que el inicio de la actividad se haya realizado en el periodo comprendido entre el 01 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
4. Que la actividad se desarrolle en el municipio de Alfafar o área de influencia, entendiendo por la misma las calles limítrofes con municipios de:
Massanassa, Benetússer y Sedaví, atendiendo a la especial idiosincrasia de Alfafar y su particular malla urbana. En los casos en los que la actividad no implique el tener un establecimiento comercial fijo, el criterio a seguir será que el domicilio fiscal se encuentre en el término municipal de Alfafar. En el caso de ejercer la venta no sedentaria, el criterio a seguir será que el domicilio fiscal se encuentre en el término municipal de Alfafar en fecha de presentación de la solicitud.
5. Que la actividad se encuentre enmarcada en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
6. Que la persona solicitante no haya causado baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos desde el inicio de la actividad hasta la presentación de la solicitud de la ayuda.
7. No haber disfrutado de estas ayudas en los dos años anteriores a la convocatoria vigente por la que se opta la subvención.
05/06/2026 11:40 | CarmenDiaz
URL oficial/canónica: https://ceeivalencia.emprenemjunts.es/?op=13&n=23145


