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¿Cómo puedo participar en MOVE UP! Emprende con éxito?

Bases publicadas en el BOP 17 - 7 de febrero de 2019

Publicado por MAYCA
miércoles, 13 de febrero de 2019

Según las “Bases por las que se rige la concesión de subvenciones en especie para participar en el programa de apoyo a jóvenes emprendedores: MOVE UP!, EMPRENDE CON ÉXITO”.

(…)

SÉPTIMA. Solicitudes: plazo, lugar y documentación

  • PLAZO DE ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN

Los interesados en concurrir en este procedimiento deberán presentar sus solicitudes dentro del plazo de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón. La convocatoria ha sido publicada en el BOP el jueves 14 de febrero y estará abierta  hasta el 1 de marzo de 2019 a las 23:59h para presentar la solicitud junto con la documentación.

El lugar y forma de presentación de la solicitud y la documentación que debe acompañarse a la misma, dependerá de si el solicitante se trata de persona física o empresa:

 

A.- SI EL SOLICITANTE ES PERSONA FÍSICA:

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

La solicitud de subvención deberá acompañarse de la siguiente documentación:

  1. NIF del solicitante
  2. Acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como por reintegro de subvenciones, y no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2 de la LGS. De conformidad con lo establecido en el art. 24 y 25 del RLGS, su cumplimiento se realizará mediante declaración responsable, según modelo adjunto en ANEXO II (adjunto al final de esta información).    No obstante, en aquellos casos en que la subvención otorgada sea superior a 3.000,00 €, adicionalmente resultará necesario adjuntar el certificado correspondiente, entendiéndose que, de conformidad con el art. 28.2 de la LPAC, el consentimiento para recabar dicha información a la Administración competente se presume autorizada por lo interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, en cuyo caso resultará necesario que aporten los certificados en cuestión junto con la solicitud.
  3. Descripción de las actividades o programas objeto de la subvención, según ANEXO I (adjunto al final de esta información). Deberá hacerse constar las subvenciones que se hayan solicitado con el mismo fin a otras instituciones y organismos, quedando obligado el solicitante a comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas o recursos tan pronto como tenga conocimiento de ellas y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  4. Memoria de Proyecto deberá constar como máximo de 5 páginas y contener la información que se detalla en el ANEXO III (adjunto al final de esta información).
  5. Certificado de Empadronamiento. 
  • LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y LA DOCUMENTACION

En este caso y atendiendo a lo establecido en art. 14 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC), a los efectos de presentación de la solicitud y documentación anexa, prioritariamente, se admitirá la vía telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Castellón, a la cual podrá acceder a través del siguiente enlace https://dipcas.sedelectronica.es , sin perjuicio que al tratarse de personas físicas podrán elegir esta forma de presentación, teniendo en cuenta que la forma en que se plantee la solicitud será el medio elegido de comunicación para el resto de trámites del procedimiento.

Si se opta por la presentación en papel, las solicitudes podrán presentarse

  • En el Registro General de la Diputación Provincial de Castellón.
  • Asimismo, podrá presentarse en las Oficinas de Asistencia a Municipios (OFISAM), de Morella (C/. San Julián, 52. 12300 Morella), Traiguera (C/. Ancha, 12330 Traiguera), Benasal (Plaza Don Blasco, 21. 12160 Benasal), Onda (Plaza de España, 20- 12200 Onda), Montanejos (Plaza de España, 15. 12448 Montanejos), y Segorbe (Plaza del Almudín, 1. 12400 Segorbe).
  • En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada. Además, es importante que una vez presentada la documentación, envíes por mail ([email protected] )una copia de la documentación entregada y el justificante de envío para que pueda ser comprobada y valorada inmediatamente.

B.- SI EL SOLICITANTE ES EMPRESA

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

La solicitud de subvención deberá acompañarse de la siguiente documentación:

1. CIF del solicitante, y, adicionalmente:

  • NIF del representante
  • Escritura Pública de constitución, debidamente inscritas en el Registro Público correspondiente, con constancia de que el objeto social es adecuado al de las presentes bases.

2. Acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como por reintegro de subvenciones, y no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2 de la LGS. De conformidad con lo establecido en el art. 24 y 25 del RLGS, su cumplimiento se realizará mediante declaración responsable, según modelo adjunto en ANEXO II (adjunto al final de esta información).

No obstante, en aquellos casos en que la subvención otorgada sea superior a 3.000,00 €, adicionalmente resultará necesario adjuntar el certificado correspondiente, entendiéndose que, de conformidad con el art. 28.2 de la LPAC, el consentimiento para recabar dicha información a la Administración competente se presume autorizada por lo interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, en cuyo caso resultará necesario que aporten los certificados en cuestión junto con la solicitud.

3. Descripción de las actividades o programas objeto de la subvención, según ANEXO I (adjunto al final de esta información).

Deberá hacerse constar las subvenciones que se hayan solicitado con el mismo fin a otras instituciones y organismos, quedando obligado el solicitante a comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas o recursos tan pronto como tenga conocimiento de ellas y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

4. Memoria de Proyecto deberá constar como máximo de 5 páginas y contener la información que se detalla en el ANEXO III (adjunto al final de esta información).

 

  •  LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y LA DOCUMENTACION

En este caso, a los efectos de presentación de la solicitud y documentación anexa, sólo se admitirá la vía telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Castellón, a la cual podrá acceder a través del siguiente enlace https://dipcas.sedelectronica.es. En ningún caso se aceptará la solicitud en formato papel. ( art. 14 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC)

En todo caso el órgano gestor de la presente convocatoria solicitará a la Tesorería de la Diputación Provincial informe/certificación acreditativo de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de pago de cualquier derecho reconocido al favor de la Diputación o de sus Organismos Autónomos. En caso de resultar negativo, se requerirá a la entidad solicitante para que, en el término de diez días, lo subsane, con la advertencia de que, en caso contrario, se le tendrá por desistida su petición, previa resolución emitida al efecto.

Con independencia de la documentación exigida, la Diputación de Castellón se reserva la facultad de solicitar cuanta información y documentación complementaria considere necesaria.

La presentación de solicitud comportará, salvo manifestación expresa en contrario, la autorización para recabar de cualquier Administración Pública, y/o entidad pública o privada, cuantos datos sean necesarios para comprobar o verificar el cumplimiento, por parte de la entidad beneficiaria, de los requisitos para acceder a las subvenciones objeto de las presentes bases. Asimismo, implicará el conocimiento y aceptación de las presentes bases reguladoras, así como de la cesión que se realice a favor de otras Administraciones Públicas de los datos contenidos en la misma y, en su caso, la de los relativos a la subvención concedida a los efectos de estadística, evaluación y seguimiento.

 

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